ESTATUTO INTERNO DE LA PERSONA VOLUNTARIA. PEÑA ATHLETIC SANTURTZI C.F.
- Presentación de la entidad.
La Peña Athletic Santurtzi Club de Fútbol es una asociación privada, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y capacidad de obrar, cuyo objetivo es el fomento y la práctica deportiva del Fútbol tanto femenino como masculino en el municipio de Santurtzi.
El club está domiciliado en SANTURTZI, calle AXULAR S/N, y registrado con el número CD0001546 en el registro de entidades deportivas de Euskadi. Con número de teléfono 94.483.16.04 y email pathleticsanturtzicf@gmail.com
- Definición de voluntariado.
El tiempo, el esfuerzo y la dedicación de las personas voluntarias son la base fundamental del desarrollo de la Peña Athletic Santurtzi C.F. El voluntariado es el motivo que sustenta el deporte base del club.
A efectos del presente Estatuto se considera como personas voluntarias del Club Peña Athletic Santurtzi a las personas físicas que hayan suscrito el oportuno acuerdo de incorporación en los términos del artículo siguiente;
- Persona voluntaria será toda aquella persona física que tenga interés en colaborar libre y voluntariamente en los programas y actividades del club, dedicando, todo o parte de su tiempo.
- Para ser voluntario o voluntaria será preciso tener más de 16 años. Los mayores de 16 y menores de 18 años deberán contar con el consentimiento de sus progenitores, tutores o representantes legales.
- La Junta Directiva del club podrá acordar la incorporación como voluntarias de cuantas personas estime convenientes para el mejor y más eficiente desarrollo y cumplimiento de los fines y actividades de este. La selección se realizará sin discriminación alguna por razón de sexo, identidad sexual, orientación sexual, nacionalidad, origen racial o étnico, religión, convicciones ideológicas o sindicales, discapacidad, edad, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
La condición de persona voluntaria es compatible con la de socia y con el desempeño de tareas de gobierno.
- Qué aporta el voluntariado al club.
El voluntariado enriquece al club debido a que ayuda en labores necesarias para el correcto desarrollo del mismo. Las actividades principales que desarrolla son las siguientes:
– promover la práctica del deporte en general y del fútbol en particular, en especial entre los y las jóvenes (deporte base) del municipio de Santurtzi;
– ayudar en la formación, preparación y mejora del desarrollo físico, técnico y personal de los y las deportistas;
– promocionar el deporte, en especial el fútbol;
– promocionar la práctica del deporte femenino a través del fútbol;
– fomentar estilos de vida activos y saludables entre la población infantil y juvenil principalmente;
– realizar tareas de administración y/o gestión;
– ayudar en las tareas de mantenimiento y limpieza de las instalaciones y material del propio club;
VOLUNTARIADO EN PUESTOS DE ESTRUCTURA son necesarios para el funcionamiento de nuestra entidad deportiva, son el alma del deporte de base, entre estos puestos están:
- Entrenadores y entrenadoras.
- Las y los Coordinadores deportivos.
- Las y los Preparadores físicos.
- Personas de apoyo a entrenadores o entrenadoras.
- Delegados o delegadas de equipo.
- Delegados o delegadas de campo.
- Monitores o monitoras de acompañamiento.
- Masajistas y/o fisioterapeutas.
- Personas encargadas de la gestión y administración del club.
- Personas encargadas del mantenimiento y limpieza de las instalaciones y materiales del club.
- Qué aporta la entidad.
La entidad corresponde a sus voluntarios y voluntarias con:
– espacios de participación individual y colectiva,
– herramientas para el ejercicio de la responsabilidad social,
– un reconocimiento a su labor,
– información,
– programas formativos.
- Criterios de admisión y exclusión
Entre los criterios de admisión, destacamos los siguientes:
- Disponer de la titulación deportiva requerida reglamentariamente para el desarrollo de sus funciones, como en los casos de: entrenadores y entrenadoras, monitorado,…
- Presentar la Certificación que acredite la carencia de delitos de naturaleza sexual de todas las personas voluntarias que trabajan y/o colaboran en el club.
- Disponer del certificado que acredite la realización del curso de sensibilización en el cuidado y protección de la infancia en el deporte a todas las personas voluntarias que tengan contacto directo o indirecto con menores.
- La selección se realizará sin discriminación alguna por razón de sexo, identidad sexual, orientación sexual, nacionalidad, origen racial o étnico, religión, convicciones ideológicas o sindicales, discapacidad, edad, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social
Como motivos de exclusión, destacamos:
- Fin del plazo concertado para la realización de su actividad.
- Manifiesto incumplimiento por cualquiera de las partes de sus obligaciones dispuestas en el acuerdo de compromiso.
- Imposibilidad de cumplimiento de las actividades objeto del compromiso.
- Derechos y deberes de la persona voluntaria.
- Participar activamente en la organización, recibiendo la debida información sobre ella, y en especial sobre sus fines, estructura organizativa y funcionamiento, así como de constituir y ser parte de los órganos de participación constituidos en el seno de la entidad.
- Colaborar en el diseño, elaboración, ejecución, y evaluación de los programas o proyectos en que intervenga, así como tener la oportunidad de dar su opinión sobre aspectos de la organización que le afecten como persona voluntaria.
- Recibir el apoyo técnico, humano y formativo que requiera la tarea que desempeña y recibir orientación sobre las actividades para las que reúna las mejores condiciones.
- Recibir la cobertura de un seguro por los daños y perjuicios que el desempeño de su actividad como persona voluntaria pudiera causar a terceras personas, con las características y por los capitales que se establezcan reglamentariamente.
- Recibir una compensación económica por los gastos realizados en el desempeño de su actividad, siempre que así se haya establecido en las condiciones pactadas entre la persona voluntaria y la organización y dentro de los límites previstos en dicho acuerdo
- Desarrollar las actividades en su entorno más próximo, en la medida que los programas o proyectos lo permitan.
- Recibir un trato no discriminatorio y justo, respetando su libertad, dignidad, intimidad y creencias.
- Realizar su actividad en las debidas condiciones de seguridad e higiene, en función de la naturaleza y características de la misma.
- Obtener el respeto y reconocimiento a su contribución social.
- Cesar libremente, previo aviso, en su condición de voluntario o voluntaria.
- Los demás que el ordenamiento jurídico reconozca al voluntariado.
- Obligaciones de la persona voluntaria. (Recogidas en la Ley 17/1998 de 25 de junio).
- En la medida de sus posibilidades y voluntad, apoyar activamente a la organización, participando y colaborando con ella.
- Cumplir los compromisos adquiridos con la organización, respetando los fines y la normativa por la que se rige.
- Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
- Actuar diligentemente en la ejecución de las tareas que le sean encomendadas y seguir las instrucciones que se le impartan por los responsables de la organización.
- Participar en las actividades formativas previstas por la organización y en las que sean necesarias para mantener la calidad de los servicios que se prestan.
- Guardar la confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su actividad voluntaria.
- Respetar los derechos de las personas a quien dirige su actividad.
- Utilizar adecuadamente la acreditación de persona voluntaria y el distintivo de su organización.
- Cuidar los recursos materiales que se pongan a su disposición, así como las instalaciones en las que desarrolle su práctica.
- En general, realizar la acción voluntaria conforme a los principios establecidos en la legislación vigente.
- Las demás que se deriven del ordenamiento jurídico que hagan referencia al voluntariado.
- Acuerdo de colaboración.
Tal y como exige la Ley del Voluntariado, se firmará un acuerdo de colaboración o de compromiso entre la persona voluntaria y la Peña Athletic Santurtzi C.F.
La función de este acuerdo será la de regular la relación entre ambas, es decir, en qué términos se establece, bajo qué condiciones, para qué actividades y con qué obligaciones por cada parte. Igualmente, establecerá sus plazos de validez y revisión.
